Por redaccíon
Santo Domingo.- El juez presidente del Tribunal Superior Electoral (JCE), Román Jáquez Liranzo, planteó la necesidad de que la corte jurisdiccional tenga iniciativa legislativa para proponer la creación y modificación de leyes en las áreas de su competencia, como la tiene la Suprema Corte de Justicia en materia judicial y la Junta Central Electoral en asuntos electorales.
“Hay un vacío en la propia constitución al no otorgarle al TSE iniciativa legislativa en las leyes electorales”, argumentó Jáquez Liranzo, señalando que se trató de un desliz del constituyente de 2010, pero que eso no es óbice para que esta alta corte pueda hacer sugerencias y recomendaciones, como lo hizo en el caso del proyecto de la Ley de Partidos Políticos y de Régimen Electoral.
“Nos reunimos con la comisión bicameral que estudia el proyecto y advertimos algunas debilidades en la norma que rige la materia que compete a la JCE, pero no es lo mismo el poder de la iniciativa y el poder de la participación”, precisó.
Reiteró la propuesta del pleno de jueces del TSE de que las juntas municipales sean divididas en dos cámaras, una administrativa, que organice las elecciones, y otra contenciosa, que conozca los litigios y diferendos que puedan surgir de los procesos electorales.
Recordó que en 2003 la Junta Central Electoral, que siempre había sido un solo órgano, fue dividida en una sala contenciosa y otra administrativa, de manera que los miembros no fueran juez y parte. “Pero ocurre en las juntas municipales no hay esa separación”, apuntó.
Entrevistado en el programa ADIARIO, que producen Cristhian Jiménez, Geomar Garcia y José Francisco Arias a través de Digital 15, Jáquez Liranzo citó que el 90% de las impugnaciones de las elecciones de 2016 fueron rechazadas por el TSE porque se violaron los procedimientos, y que cuando los partidos solicitaban nulidad de alguna votación o algún colegio, las juntas municipales simplemente hacían una carta, sin celebrar vistas ni audiencias.
Dijo que será muy difícil que en el 2020 las juntas municipales puedan organizar las elecciones congresuales y presidenciales de mayo, mientras conocen los conflictos y desacuerdos de las municipales que deberán celebrarse en febrero. “Por el principio de la celeridad y la eficiencia, lo que procede es separar esas juntas municipales en el tiempo que falta para esas elecciones”.
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